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Legalización de vehículos históricos
Realizamos las gestiones necesarias para legalizar su vehículo como histórico según establece el R.D. 1247/1995 del 14 de Julio.
Para que un vehículo pueda ser catalogado como histórico debe cumplir alguno de los requisitos siguientes:
1-
El vehículo debe tener una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación.
Si hubiera habido modificaciones en la estructura o componentes, la consideración de vehículo histórico se determinará en el momento de la catalogación.
2-
El vehículo sea de los llamados de colección, entendiéndose por tales los que, por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente, merezcan acogerse al régimen de los vehículos históricos.
3-
El vehículo debe estar incluido en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarado bien de interés cultural y el que revista un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica, si así se desprende de los informes acreditativos y asesoramientos pertinentes.
Si su vehículo cumple alguno de estos tres puntos puede ser catalogado como histórico y beneficiarse de reducciones tanto en el Impuesto de circulación como en el Seguro del mismo.
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